Basándonos en el enfoque de derechos que protegen la alimentación, debemos considerar aquellos que enmarcan a la lactancia. Este derecho está reglamentado en el artículo 24 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, que explicita “la necesidad de que los padres conozcan las ventajas de la leche materna y la necesidad de que los bebés sean amamantados” .
Por otro lado, en nuestro país la Ley Nº 26.873 de Lactancia Materna, Promoción y Concientización Pública está orientada a extender y ampliar la promoción y la concientización pública sobre la importancia de la lactancia y de las prácticas óptimas de nutrición segura para lactantes y niños/as de hasta dos años. La ley explicita que la lactancia debe ser exclusiva hasta los seis meses y continuada hasta los dos años, ya que es la forma más adecuada de alimentación en esta etapa.
La ley también abarca la estrategia de Espacios Amigos de la Lactancia en espacios laborales y educativos, entre otros. Un Espacio Amigo de la Lactancia consiste en un sector limpio, cómodo y de uso exclusivo para que las personas que trabajan en una determinada institución y se encuentran en período de amamantamiento puedan extraer su leche y conservarla adecuadamente durante una jornada extensa fuera del hogar.
No hay comentarios:
Publicar un comentario